La cuota alimentaria es una obligación establecida por la ley que no depende de la relación entre los padres ni de la convivencia. Está regulada por el Código Civil y Comercial de la Nación y tiene como finalidad garantizar que niñas, niños y adolescentes cuenten con los recursos necesarios para su desarrollo integral.
En febrero de 2026, el debate sobre el monto mínimo de la cuota vuelve a cobrar relevancia en un contexto de aumento sostenido del costo de crianza.
La ley es clara: la cuota no se limita a la alimentación mensual. Incluye todos los gastos necesarios para la vida cotidiana y el crecimiento del hijo, entre ellos:
Vivienda
Salud y medicamentos
Educación y materiales escolares
Transporte
Vestimenta
Actividades recreativas
Cuidado personal y tiempo de crianza
Mientras el progenitor conviviente aporta principalmente con el cuidado diario, el progenitor no conviviente debe realizar un aporte económico acorde a sus ingresos y al nivel de vida que el niño tenía antes de la separación.
¿Existe un monto mínimo legal?
El Código Civil y Comercial no fija cifras ni porcentajes obligatorios. Sin embargo, en la práctica judicial existe un criterio bastante extendido: la mayoría de los juzgados establece la cuota entre el 20% y el 30% del ingreso neto del progenitor obligado por cada hijo, sin tope máximo.
Para definir el monto, los jueces analizan:
Ingresos reales (registrados o no)
Necesidades concretas del niño
Nivel de vida previo a la separación
Cantidad de hijos
Régimen de cuidado
Aportes del progenitor conviviente
Situaciones especiales de salud o discapacidad
Además, es habitual que la cuota se actualice automáticamente por paritarias, inflación o cambios en el Salario Mínimo Vital y Móvil. En ese sentido, el Gobierno definió una actualización escalonada que se extenderá hasta mediados de 2026, con incrementos mensuales progresivos tanto para trabajadores mensualizados como jornalizados.
Para quienes cumplen la jornada legal completa, el piso salarial se fijó en $328.400 a partir del 1° de noviembre de 2025, lo que implicó una suba frente al valor vigente hasta octubre. Desde allí, el esquema prevé ajustes consecutivos que llevarán el salario mínimo a $334.800 en diciembre, $341.000 en enero de 2026 y $346.800 en febrero.
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